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Confidencial Noticias 2025


La Sala Plena de la Corte Constitucional ha dado viabilidad al suicidio médicamente asistido, por lo que ahora los ciudadanos colombianos podrá decidir sobre su muerte de manera libre y sin ser penalizados.

De esta forma, el suicidio médicamente asistido podrá aplicarse cuando el paciente haya sido diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, así como cuando la persona sufra dolores físicos o psicológicos que le permitan vivir una vida digna.

En Colombia, la eutanasia ya no es considerada un delito, pero la diferencia entre esta práctica y el suicidio asistido es quién proporciona la dosis de medicamento letal a los que la soliciten. En el primer caso es el personal sanitario, mientras que en el segundo es el paciente quién se autosuministra el fármaco.

Pese a ello, como han precisado varios medios colombianos, el suicidio médicamente asistido podrá practicarse si se cumplen las condiciones descritas y siempre y cuando medie un profesional de la salud que las certifique.

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