La Corte Constitucional ordenó a Colpensiones adoptar medidas para una mejor atención a los afiliados y usuarios en condiciones especiales.
Respondiendo a una tutela, la Corte le solicitó a Colpensiones implementar programas de guías para los afiliados y usuarios específicamente que necesiten de esa atención especial.
En la tutela interpuesta ante la Corte, el demandante pidió garantizar la seguridad de las personas con protección especial por ese tribunal.
“Colpensiones no aplicó en el caso una política de atención integral que incluyera la asesoría y el acompañamiento al peticionario, a pesar de que se trataba de un sujeto de especial protección constitucional, por lo que inobservó sus responsabilidades constitucionales y legales, respecto de la atención integral a personas en situación de discapacidad”, explicó la Corte.
El alto tribunal ordeno pagar la pensión de sobreviviente a las personas que tengan ese derecho y que estén en calidad de hijo.