Un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia resolvió la situación jurídica del gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, y le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad, por presuntas irregularidades en contratación cuando fue gobernador en 2004-2007.
De acuerdo con el ente investigador, los elementos recopilados en el proceso, que se sigue en el marco de la Ley 600 de 2000 (anterior sistema penal), indican que Aníbal Gaviria Correa, cuando se desempeñó como gobernador de Antioquia entre 2004 y 2007, incurrió en los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo, y heterogéneo con peculado por
apropiación en favor de terceros.
El fiscal del caso encontró que en el contrato de mejoramiento y pavimentación de la Troncal de la Paz (tramo La Cruzada – Caucasia), suscrito en 2005 por valor de $41.663’432.778, se pactó inicialmente un anticipo del 25% y luego se amplió al 29%, lo que significó casi 1.500 millones de pesos de más para el contratista. Esta modificación desconoció requisitos legales esenciales, como los principios de planeación y transparencia.
Además, se constató que el mencionado anticipo fue pagado sin la aprobación de una garantía contractual que aseguraría la destinación correcta de los dineros. Esta omisión generó que el contratista invirtiera más de 10 mil millones de pesos en maquinaria y equipos.
La investigación evidenció que se hicieron dos adiciones al contrato inicial, que tampoco habrían atendido los principios esenciales de la contratación pública. Una, representó cerca de 4 mil millones de pesos para adecuaciones de un sector específico de la misma troncal; la otra, mediante un otro sí, se realizó cuatro días antes de finalizar el periodo del gobernador y
contempló la construcción de una vía de acceso al municipio de El Bagre (Antioquia).
Este último asunto, que comprometió más de 16 mil millones de pesos, debía ser objeto de un nuevo proceso de selección y no podía hacer parte del contrato original.
Para la Fiscalía, el gobernador era el representante legal del departamento, el ordenador del gasto y, aun cuando hubiese delegado la función de contratar, debía ejercer la vigilancia,
coordinación y control de la delegación.