La Procuraduría General de la Nación en audiencia virtual de juzgamiento disciplinario rechazó la solicitud del senador Eduardo Enrique Pulgar Daza, encaminada a que el proceso por el presunto ofrecimiento de $200 millones al entonces juez Promiscuo Municipal de Usiacurí, Atlántico, Andrés Fernando Rodríguez Cáez, a cambio de una decisión en favor de un tercero, quede en manos de la Comisión de Ética del Congreso.
La Sala Disciplinaria rechazó los argumentos del investigado, quien afirmó que por estos mismos hechos la comisión le adelanta una investigación; así como los de su defensa, que adujo falta de competencia del Ministerio Púbico para disciplinar a funcionarios de elección popular.
El ente de control al resolver las peticiones de Pulgar Daza y su apoderado precisó que para casos de corrupción la única competente para investigar y sancionar a congresistas es la Procuraduría General de la Nación, como lo establecen los tratados internacionales de lucha contra la corrupción, y recientes fallos del Consejo de Estado, como el que rechazó la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho del exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas, contra la decisión que lo destituyó e inhabilitó 18 años por los hechos de corrupción relacionados con la cesión del contrato de obra para la adecuación de la calle 26 al Sistema de Transporte Transmilenio.
Teniendo en cuenta que el senador Pulgar planteo un conflicto positivo de competencias entre la Comisión de Ética del Congreso y la Procuraduría, la Sala Disciplinaria enviará el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que sea el máximo tribunal de lo contencioso administrativo el que dirima a quién corresponde la competencia.
El pasado 14 de agosto la Procuraduría citó a audiencia de juzgamiento disciplinario a Pulgar Daza y le repochó que hubiera incumplido sus deberes con la defensa de la legalidad y la promoción del bienestar general, con lo que habría atentado contra la dignidad y majestad de la justicia y su recta administración, al realizar el supuesto ofrecimiento económico para que el juez Promiscuo Municipal de Usiacurí favoreciera con una decisión a Luis Fernando Acosta Osío, miembro del Consejo Directivo de la Universidad Metropolitana de Barranquilla.
La Procuraduría calificó provisionalmente la falta de Pulgar Daza, tipificada en la ley como el delito de cohecho por dar u ofrecer, como gravísima a título de dolo.