La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) confirmó la multa impuesta a la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., por valor de $842.689.505.
El organismo de control comprobó que la empresa presentó incumplimientos a la regulación del servicio público domiciliario de energía.
La investigación demostró que esta empresa que presta sus servicios en los departamentos de Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Norte de Santander, Santander y Sucre, calculó incorrectamente el ajuste anual del Porcentaje de Administración, Operación y Mantenimiento a Reconocer (PAOMR), durante los años 2018 a 2020, con lo cual se apartó de las disposiciones que rigen el régimen tarifario.
El PAOMR es un indicador clave dentro del marco regulatorio, se calcula anualmente y refleja los costos asociados al uso de las redes de distribución eléctrica. Este valor es fundamental para evaluar el rendimiento de los operadores de red y determina las tarifas que los consumidores deben pagar por el servicio de energía, contribuyendo así a la calidad y sostenibilidad del
suministro eléctrico.
La Superintendencia de Servicios Públicos emitió el fallo dando respuesta a un recurso de reposición interpuesto por la empresa. La decisión se encuentra en firme.