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Confidencial Noticias 2025


La semana pasada Bogotá observó cómo el gobernador Jorge Emilio Rey salió a defender con entusiasmo los descuentos ilegales que Cundinamarca lleva aplicando desde 2015 al impuesto de vehículos. Lo hizo justificando la ilegalidad con unas supuestas cifras, una incierta ineficiencia tributaria y una infundada necesidad de unificar jurisprudencia.

La realidad jurídica y fiscal no se sustenta con conjeturas o supuestos sino con certezas. Hoy reitero mi posición y me ratifico en cada denuncia: mediante un esquema ilegal de descuentos, Cundinamarca le quita a Bogotá las rentas del impuesto de vehículos que deberían financiar nuestras vías y los efectos negativos que generan estos vehículos en la ciudad.

Por eso, el martes pasado radiqué ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, una demanda de nulidad contra la Ordenanza 038 de 2025 de la Asamblea Departamental de Cundinamarca, la cual extendió sin competencia hasta septiembre de 2028, descuentos al impuesto sobre vehículos, a vehículos nuevos con motor a combustión por hidrocarburos que sean matriculados en las secretarías de movilidad del departamento.

El gobernador afirmó que los descuentos responden al “principio de eficiencia tributaria”, que no existe una “línea jurisprudencial unificada” y que, al haber un “fallo mixto”, los incentivos no son ilegales.

Incluso sostuvo que una futura sentencia de unificación resolvería el debate. Sin embargo, esa postura lo que realmente busca es justificar una ilegalidad con meras suposiciones.

Porque el Consejo de Estado ya falló y con contundencia. La Sección Cuarta en 2014 y 2022 afirmó que las asambleas departamentales carecen de competencia y extralimitan el ejercicio de sus funciones, cuando establecen descuentos al impuesto nacional de vehículos automotores.

Las razones son evidentes y aplican también a Cundinamarca: (i) el impuesto sobre vehículos constituye una renta nacional, cedida a las entidades territoriales; (ii) de acuerdo con el artículo 147 de la Ley 488 de 1998, los departamentos y distritos solo tienen competencia para administrar y controlar el impuesto, no para conceder beneficios tributarios; y (iii) los descuentos sobre el impuesto de vehículos son competencia del Congreso de la República y no de las asambleas departamentales, según los artículos 138, 139 y 147 de la Ley 488 de 1998 y el artículo 294 de la Constitución Política.

Y sí. En el fallo de 2022 un consejero salvo el voto, pero los tres consejeros restantes estuvieron de acuerdo y declararon la nulidad de los descuentos establecidos por la Asamblea Departamental del Meta al impuesto de vehículos en su jurisdicción.

Este salvamento de voto no significa que exista una “discrepancia” que se debe resolver con una sentencia de unificación. ¿Y por qué? Porque hay dos fallos en firme que evidencian contundentemente la ilegalidad de los descuentos al impuesto de vehículos que establecen los departamentos. Por lo que en este caso no se requiere unificar o sentar jurisprudencia, precisar su alcance o resolver las divergencias en su interpretación y aplicación.

La jurisprudencia del Consejo de Estado no deja zonas grises. El gobernador omitió estos argumentos esenciales, quizás porque desarman su defensa a los descuentos ilegales que busca proteger.

Mientras tanto, el impacto fiscal recae sobre Bogotá, no sobre Cundinamarca. Los datos lo muestran sin necesidad de subrayados. El departamento recaudó casi tanto por habitante como la capital, incluso aplicando descuentos del 50% y del 20%.

Los 26.990 carros matriculados en Cundinamarca representaron 83 de cada 100 pesos que Bogotá perdió. En 2025, Cundinamarca matriculó más del doble de vehículos a combustión fósil que Bogotá.

El departamento creció 20%; la capital cayó 7%. Y mientras la ciudad asumió un gasto 71% más alto en infraestructura vial, siniestralidad y gestión del tráfico entre 2021 y 2025, Cundinamarca apenas giró 10 millones a la ciudad en 2024, una cifra irrisoria frente al tamaño del impacto.

Este no fue un resultado accidental. Fue el producto directo de una estrategia tributaria ilegal que distorsiona el mercado, fractura la lealtad territorial y traslada costos a quien no recibe el recaudo. Los contribuyentes deben tributar donde usan la infraestructura, no donde se les ofrece una tarifa ilegalmente más baja.

Hoy, miles de propietarios de carros que residen, circulan y generan costos en Bogotá, pagan impuestos en Cundinamarca.

Por todo esto radiqué la demanda de nulidad contra Cundinamarca.

La articulación y coordinación entre territorios exige transparencia, lealtad y respeto por la legalidad. Ese es el camino que defiendo y seguiré impulsando, porque Bogotá no puede seguir permitiendo que Cundinamarca la desangre con un esquema tributario ilegal.

Juan David Quintero

Juan David Quintero

Concejal de Bogotá

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