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Confidencial Noticias 2025

Etiqueta: Consejo de Estado

Consejo de Estado deja sin rector a la Universidad Nacional

Un fallo del Consejo de Estado dejó por fuera del cargo de rector de la Universidad Nacional de Colombia a Leopoldo Múnera.

En la sentencia de única instancia, la Sección Quinta consideró que hubo irregularidades en su nombramiento, determinando que solo los jueces tienen la facultad de determinar si la elección del rector se había ajustado a derecho y, de ser necesario, anularla.

 

El Consejo de Estado determinó que el Consejo Superior Universitario, buscando corregir una irregularidad, “actuó sin competencia y desconoció la presunción de legalidad de la que se revisten los actos administrativos, incluidos los de elección o nombramiento, la cual puede desvirtuarse exclusivamente a través de una decisión adoptada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo”.

El fallo corresponde a una demanda interpuesta por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia Laserna, quien sostuvo que el Consejo Superior Universitario actuó de manera irregular al invalidar la elección de José Ismael Peña, quien había sido elegido conforme a los procedimientos establecidos.

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Según Valencia, la designación de Múnera —a quien señaló como el candidato impulsado por el Gobierno Nacional— «representaba una vulneración a la autonomía universitaria y un intento por politizar la institución».

Consejo de Estado deja sin personería jurídica al partido de Rodrigo Lara

El Consejo de Estado echó para atrás la personería jurídica que dio vida al partido político, Dignidad Liberal, presidido por el exsenador, Rodrigo Lara Restrepo, hijo de Rodrigo Lara, exministro de Justicia asesinado por sus denuncias contra el Cartel de Medellín.

“No se demostraron escenarios de violencia grave o extraordinaria que hubiesen impedido la participación y el ejercicio en forma libre de los derechos y las garantías fundamentales del movimiento político Dignidad Liberal”, dice el fallo del Consejo de Estado.

 

El alto tribunal recordó al Consejo Nacional Electoral que lo sucedido en el pasado con el máximo líder de esta colectividad, Rodrigo Lara Bonilla, no necesariamente afectó la participación de la militancia de este movimiento político.

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El Consejo de Estado pidió al Consejo Nacional Electoral ser más riguroso a la hora de analizar y fallar estos casos.

Consejo de Estado pone límites a las alocuciones sin fin de Gustavo Petro

La Sección Tercera del Consejo de Estado respondiendo a una tutela interpuesta por un ciudadano, dejó claro que el presidente de la república, Gustavo Petro, no podrá hacer uso de las alocuciones presidenciales de manera indeterminada y sin ningún objetivo claro.

La célula del Consejo de Estado expuso en el fallo que estas debe ser precisas, urgentes, y no podrán ser injustificadas y recurrentes, y quedo claro además que la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) deberá aprobar de manera previa las alocuciones.

 

“La alocución presidencial no puede ser recurrente, por ejemplo, en el mismo intervalo semanal. La alocución debe ser limitada temática y temporalmente. En lo temático, la solicitud que se presenta ante la CRC debe ser detallada temáticamente y no con una referencia genérica al asunto a tratar” explicó el Consejo de Estado.

Por último, el alto tribunal determinó que los criterios fijados para las alocuciones se deben verificar su debido cumplimiento.

Consejo de Estado deja sin alcalde a Bucaramanga

El Consejo de Estado anuló la elección del alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, al encontrar que incurrió en doble militancia en las elecciones regionales de octubre de 2023. 

De acuerdo con el alto tribunal, el mandatario de la capital de Santander respaldó las candidaturas de varios candidatos al concejo de Bucaramanga de diferentes partidos políticos, a pesar de que el (Jaime Andrés Beltrán) estaba avalado por el partido Justa Libres.

 

Los candidatos apoyados por Jaime Andrés Beltrán fueron: Edisson Ferney López, del Centro Democrático; y Carlos Augusto Mateus y Oscar Díaz Layton, del Partido Conservador. Asimismo, a Elkin Yesid Bello, Vilma Cadena, Juan Pablo Piñeros, Rosa Mabel Román y Juan Sebastián Gómez, por el Partido de la U.

El fallo proferido por la Sección Quinta del Consejo de Estado podrá ser apelado por alcalde Beltrán, y podría ser resuelto por la sala plena del alto tribunal.

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Jaime Dussán seguirá en la presidencia de Colpensiones

La Sección Quinta del Consejo de Estado falló una demanda a favor de Jaime Dussán, dejándole en su cargo de presidente de Colpensiones.

La acción fue interpuesta por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia, quien aseguró que Dussán no había convalidado su título de profesional a tiempo, y por tanto su nombramiento en la entidad carecía de legalidad.

 

El fallo desestima los argumentos de la congresista, reafirmando la decisión tomada de manera previa por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Demandan el nombramiento de Eduardo Montealegre

Fue interpuesta una demanda ante el Consejo de Estado que pide revocar el el nombramiento del ministro de Justicia y del Derecho, Eduardo Montealegre.

El demandante, Juan Manuel López Molina, considera que el nombramiento da al traste con la ley de cuotas en el gabinete ministerial.

 

«Esta decisión contraviene lo dispuesto en la Ley 581 de 2000 (Ley de Cuotas) y su modificación introducida por la Ley 2424 de 2024, que elevó al 50% la participación obligatoria de mujeres en cargos del máximo nivel decisorio en la administración pública», dice el texto.

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López Molina estima que no se está garantizando la participación de las mujeres en al menos el 50 % de los cargos que conforman el gabinete ministerial del presidente Gustavo Petro, un hecho que según el, agrava la brecha de género en la composición de las diecinueve (19) entidades del Ejecutivo.

Registrador se acoge a la decisión del Consejo de Estado de suspender la consulta popular

El registrador nacional, Hernán Penagos, considero pertinente la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado de suspender el decreto firmado por el presidente de la república, Gustavo Petro, que ordena la celebración de una consulta popular.

«Lo correcto siempre ha sido esperar a que las cortes decidan, y en este caso el Consejo de Estado tomó una decisión que ordena suspender el decreto que convoca a una consulta popular y seguramente en las próximas semanas se expedirá una sentencia», afirmó.

 

Dijo además que el Consejo de Estado está actuando con sentido jurídico ante la controversia entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, que pone al país en medio de una incertidumbre.

El registrador Penagos ratificó su postura de esperar a que exista la suficiente ilustración jurídica sobre cuál es el camino que se debe tomar, y que dará tiempo a que las cortes se pronuncien al respecto.

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Armando Benedetti dice que quien debe responder si la consulta popular es válida o no es la Corte Constitucional y no el Consejo de Estado

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda interpuesta por los senadores Efraín Cepeda, Nadia Blel, y demás congresistas de oposición que piden tumbar el decreto firmado por el Gobierno Nacional que convoca a una consulta popular, suspendiéndole provisionalmente al considerar que la medida se tomó de manera irregular.

“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe” sentenció la Sección.

 

Al respecto, el Gobierno Nacional a través del ministro del Interior, Armando Benedetti, respondió que es la Corte Constitucional la que debe definir su validez.

“La ley dice que no y ya. La Corte Constitucional dijo que no. Nosotros remitimos el decreto a la Corte. Luego, es allí donde debe decidirse si es inconstitucional o no. Ese es el punto”, explicó el ministro.

En ese sentido, advirtió que, si bien la decisión del Consejo de Estado genera debate, no corresponde a esta corporación declarar la inconstitucionalidad de un acto administrativo, lo que podría llevar —en sus palabras— a un eventual “choque de cortes”.

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Consejo de Estado deja a Juan Carlos Losada en su curul, por ahora

La Sala 19 del Consejo de Estado dio respuesta negativa a una demanda que pedía la pérdida de investidura del representante a la cámara del Partido Liberal, Juan Carlos Losada.

La demanda interpuesta aseguraba que el congresista se había ausentado un 20% de las plenarias de la Corporación y que por lo tanto no podría votar en los distintos proyectos de ley. El Consejo de Estado determinó, en primera instancia, que tales acusaciones no fueron ciertas.

 

El Consejo de Estado demostró que Losada contaba con autorizaciones para ausentarse de las sesiones y que en los casos de enfermedad presentó las debidas excusas médicas.

La decisión de la Sala 19 fue apelada por el demandante y será el pleno del Consejo de Estado quien resuelva el caso.

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Consejo de Estado saca de la Gobernación del Magdalena a Rafael Martínez

El Consejo de Estado, anuló la elección de Rafael Alejandro Álvarez como gobernador de Magdalena para periodo 2024-2027.

La decisión llegó gracias a la ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, quien encontró al hoy exmandatario local de incurrir en doble militancia política en un evento realizado el 21 de septiembre de 2023 en la Villa Olímpica de Santa Marta.

 

Rafael Martínez quien fue avalado por el Movimiento Fuerza Ciudadana, dio su respaldo a dos candidatas del Partido de la U, María Charris y Miguelina Pacheco.

En su defensa el exgobernador aseguró no acordarse de lo dicho en tarima en favor de las candidatas, sin el embargo la alta corte desestimó este argumento y falló en su contra.

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Consejo de Estado dice No a la transmisión de los consejos de ministros

La Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado Falló en contra del presidente, Gustavo Petro, ordenándole no continuar con la transmisión por televisión abierta de los consejos de ministros.

La decisión se dio al resolver una tutela que argumentaba que le fue vulnerado el derecho a la información porque, en dos ocasiones, no tuvo acceso a la programación ordinaria de los canales privados de televisión y, en su lugar, se había transmitido un consejo de ministros.

 

En la sentencia, la Sala consideró que la transmisión de los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, el canal Uno y los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta vulneró el derecho fundamental a la información.

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El alto tribunal ordenó al primer mandatario lo mismo que al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, no reincidir en el hecho.

La decisión cobija a los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, independientemente de la hora en que se piense transmitir.

Al respecto, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció la impugnación por parte del Gobierno del fallo emitido.

Regaño del Consejo de Estado a Karol G, J Balvin, Maluma y Ryan Castro por la letra de +57

El Consejo de Estado resolvió una tutela que señalaba la letra de la canción +57 como inapropiada porque según el demandante, atentaba contra la dignidad de los niños, niñas y adolescentes.

La polémica letra de la canción de reguetón “+57″, compuesta y por varios artistas colombianos como Karol G, J Balvin, Maluma y Ryan Castro, fue motivo de controversia en las altas esferas de la opinión pública.

 

El argumento de los demandantes para presentar la acción era que la difusión masiva de las letras acá censuradas, más allá de generar un impacto positivo, lo único que fomenta es el aumento de la violencia y la misoginia, conductas atroces, de las cuales han sido víctimas las mujeres, en este caso puntual, las niñas, ya que el contenido de la canción se dirige directamente a una niña de 14 años de manera puntual.

En la decisión el Consejo de Estado reconoció que la letra fue modificada, y exhortó a Karol G, J Balvin, Maluma y Ryan Castro a que “eviten difundir o publicar composiciones musicales, que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”.

De acuerdo con el alto tribunal, “la difusión de una canción que sexualiza a los menores de edad constituye una grave vulneración de su derecho fundamental a la dignidad humana”.

Consejo de Estado deja sin gobernador a San Andrés y Providencia

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección del actual gobernador de San Andrés y Providencia, Nicolás Gallardo Vásquez.

De acuerdo con la Sección Quinta del Consejo de Estado, Gallardo Vásquez incurrió en doble militancia al aspirar al cargo con el aval del Partido Liberal y apoyar al candadito de la alianza del Nuevo Liberalismo, Conservador y Colombia Justas Libres a la Asamblea Departamental de San Andrés, Luis Torres.

 

La sentencia explica que Nicolás Gallardo Vásquez no podía acompañar a un candidato a la Corporación diferente a los de la lista del Partido Liberal.

Se espera un pronunciamiento de la defensa que explique si se acata la decisión o si se decide apelar.

Francia Márquez se queda sin partido

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la personería jurídica del movimiento político Soy Porque Somos, creado por la vicepresidenta, Francia Márquez Mina.

El fallo explica que el movimiento, Soy Porque Somos, no participó en las últimas elecciones al Congreso de la República, y que esto le impedía asociarse con otras agrupaciones en una coalición.

 

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La Sección Quinta del Consejo de Estado recordó además que la vicepresidenta, Francia Márquez, tiene aval del Polo Democrático Alternativo, lo mismo que la representante a la Cámara, Dorina Hernández, y que por tanto no se puede utilizar la llegada a ambos cargos como argumento válido para la respectiva defensa.

Juan Baena interpone acción de nulidad para tumbar el decreto que aplaza vigencias para el metro de Bogotá

El concejal de Bogotá por el Nuevo Liberalismo, Juan Baena, interpuso una acción de nulidad ante el Consejo de Estado contra el decreto expedido por el Ministerio de Hacienda que aplaza unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025 y que afecta a proyectos en la capital del país como la primera línea del metro, el regiotram y la ampliación de la Calle 13.

¨El Metro está a punto de superar en su primera línea el 50 % de avance, así va a cerrar febrero. Así que Petro no detiene el Metro, Bogotá no lo permitirá, no nos pueden robar a los ciudadanos en la cara y no dar explicaciones. El convenio de Cofinanciación para el sistema de transporte público se suscribió en 2017 y se debe respetar. Lo que estamos pidiendo con esta acción legal es que se declare la nulidad total del decreto 0069 de 2025 que aplaza recursos vitales para el desarrollo de la ciudad, como la construcción del tramo 1 de la primera línea del Metro que mejorará las condiciones de movilidad de los ciudadanos¨, aseguró Baena.

 

El concejal advirtió que la medida del gobierno Nacional ¨vulnera normas constitucionales y legales, y se encuentra incursa en las causales de nulidad de falsa motivación, en una violación de la ley 80 de 1993 e incumplimiento contractual por parte de la Nación, no previene el daño jurídico derivado, desconoce el principio de confianza legítima y extralimitación del poder ejecutivo, viola el principio de planeación presupuestal y vulnera el derecho a la movilidad y al desarrollo sostenible¨

Para Baena, la suspensión de los cerca de $1.5 billones que la Nación debe transferir este año para tres grandes obras, entre ellas el Metro, obedece a la intención que tiene el presidente Petro de bloquear a la capital.